Registros REACH
Si tiene usted interés en conocer cuánto le costaría registrar una sustancia determinada, contacte con nosotros sin compromiso alguno, buscaremos el consorcio y le trasladaremos un presupuesto completo. Desde REACH Plus nos encargamos de elaborar los expedientes y gestionar las cartas de acceso para que usted no tenga que preocuparse de nada más que su trabajo.
Desde el año 2010 hemos ayudado a decenas de empresas a presentar sus registros. La adaptación al REACH puede costar muchos miles de euros, no se arriesgue a pagar aún más por desconocimiento del proceso.
Claves para entender el REACH
¿Qué hay que registrar?
En principio, la obligación de registro pesa sobre todas las sustancias producidas o importadas por encima de 1 tonelada anual, peligrosas o no. Es decir, lo que se han de registrar son las sustancias químicas, no las mezclas de estas, y la regla general es muy sencilla: toda sustancia fabricada o importadas por encima de 1 tn/año.
¿Quién tiene que registrar?
La obligación de registro pesa sobre todo aquel que fabrique o importe una sustancia por encima de 1 tn/año, es decir, un formulador que adquiere todas sus materias primas en la UE y no lleve a cabo un proceso en el que se generen nuevas sustancias, no tiene obligación de registrar. Sin embargo, un importador de una mezcla, deberá de registrar todas las sustancias que componen el preparado siempre y cuando superen, individualmente consideradas, la tonelada anual.
¿Hay alguna exención?
Hay decenas de exenciones y reglas especiales, pero tenga en cuenta que el Reglamento REACH es una de las piezas legislativas más complejas que nunca se han llevado a cabo en la UE, por lo que le recomendamos que pida consejo experto antes de aplicar de forma unilateral cualquiera de las exenciones.
¿Cuánto cuesta un registro REACH?
La información que se debe presentar para completar un expediente de registro puede suponer un coste económico considerable. De cara a reducir estos costes, así como a limitar la realización de ensayos sobre vertebrados, el REACH crea un sistema de puesta en común de datos: los Foros de Intercambio de Información sobre Sustancias. (SIEF). Si usted está interesado en registrar una sustancia, irremediablemente deberá contactar con el correspondiente Foro, del que formará parte todo aquel interesado en registrar la sustancia, de cara a compartir los gastos del registro.
Así las cosas, a la pregunta de cuánto cuesta un registro REACH, solo puede responderse de forma parcial: el precio estará formado por una tasa administrativa, tal y como se recoge en el Reglamento de tasas REACH, más el precio de los ensayos que sean necesarios para completar el expediente, que normalmente serán adquiridos a un consorcio empresarial en forma de carta de acceso a los datos.
¿Qué plazo tengo para presentar el expediente?
Normalmente, el registro ha de llevarse a cabo antes de comenzar la fabricación o importación.
Listado de servicios
- Diagnóstico de aplicación REACH.
- Elaboración de registros REACH.
- Fichas de datos de Seguridad.
- Otros procesos REACH: notificaciones, autorización...
- Servicio de actualización y envío de dosieres IUCLID.
- Clasificación y etiquetado de productos químicos peligrosos.
- Notificación a los centros antiveneno (PCN art. 45 CLP).
- Formación en REACH & CLP.
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